lunes 18 de mayo de 2026 21:43 pm
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Un tribunal español ha dado un giro radical en el largo conflicto fiscal de Shakira con la Agencia Tributaria, al anular una multa por su tributación en 2011 y ordenar la devolución de alrededor de 60 millones de euros (70 millones de dólares). La Audiencia Nacional falló a favor de la cantante al determinar que no se demostró que hubiera residido en España más de 183 días ese año, requisito indispensable para ser considerada residente fiscal y, por tanto, obligada a pagar el Impuesto sobre la Renta (IRPF) y el Impuesto sobre el Patrimonio.

La sentencia, que aún puede ser recurrida, deja sin efecto las liquidaciones y sanciones impuestas por Hacienda y el Tribunal Económico Administrativo Central. El tribunal concluyó que la administración no probó que Shakira tuviera su domicilio fiscal en España en 2011, ya que su estancia en el país fue de 163 días, por debajo del umbral legal. Además, se determinó que no existían pruebas de que la artista tuviera en España el centro de sus intereses económicos o vínculos familiares que la obligaran a tributar.

El monto inicial en disputa era de 55 millones de euros (64 millones de dólares), pero el equipo legal de Shakira calcula que, al sumar intereses y costas judiciales, la cantidad a devolver supera los 60 millones de euros. Según un comunicado de su representante, la agencia Llorente y Cuenca, este fallo pone fin a la última cuenta pendiente de la cantante en España tras ocho años de batalla legal.

Es relevante mencionar que, en 2024, Shakira aceptó pagar una multa de 7,8 millones de euros (9 millones de dólares) al admitir que defraudó 14,5 millones de euros (17 millones de dólares) entre 2012 y 2014, evitando así un proceso judicial más prolongado. Además, hace poco, un juzgado de Barcelona archivó otra causa penal en su contra por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros (7,7 millones de dólares) en 2018, tras la solicitud de la Fiscalía.

El tribunal también desestimó el argumento de Hacienda de que Shakira mantenía un vínculo conyugal con Gerard Piqué en 2011, ya que nunca estuvieron casados y, además, no tenían hijos menores residentes en España en ese momento. Por lo tanto, el fallo establece que «no existía un núcleo familiar» que justificara su residencia fiscal en el país.


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